Los propietarios de viviendas deben poner a disposición de los compradores o arrendatarios un CERTIFICADO con el fin de que estos puedan comparar y evaluar su EFICIENCIA ENERGÉTICA (consumo anual necesario de energía en condiciones normales).
- Debe ser un documento realizado con herramientas y programas reconocidos por el Ministerio.
- Debe estar registrado, e incluir una ETIQUETA DE EFICIENCIA ENERGÉTICA.
- Debe realizarse de manera estricta y estar suscrito por TECNICO COMPETENTE.
Todas las viviendas antiguas o recientes deben estar en posesión de la CERTIFICACIÓN ENERGÉTICA. En caso de edificios terminados con anterioridad a la obligatoriedad de la calificación (octubre de 2007), deberán realizar ahora la CERTIFICACIÓN en el momento de su venta o alquiler.
Este CERTIFICADO DE EFICIENCIA ENERGÉTICA debe adjuntarse a las escrituras de compra-venta, transmisión y arrendamiento.
Si ha de vender o alquilar una vivienda precisa por tanto la realización de un CERTICADO DE EFICIENCIA ENERGÉTICA. PÓNGASE EN CONTACTO CON NOSOTROS Y LE ASESORAREMOS.